Os adjuntamos sentencia sobre el conflicto colectivo que interpuso CGT respecto al incumplimiento del horario de descanso según marca convenio para las categorías de TDV´S y SOS.
Lamentablemente, no nos han dado la razón y hemos tenido que recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que de una vez por todas, estos compañeros puedan disfrutar del tiempo de descanso preceptivo según marca la ley.
En el mismo juicio, varios directores reconocieron que no se cumplen siempre los horarios de descanso, la documentación aportada por el Ayuntamiento también lo demuestra, la abogada del Ayto lo reconoció, al igual que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una sentencia que podéis consultar en el siguiente enlace http://www.cgt.info/aytomadrid/spip.php?article876.
La confianza en el sistema de "su justicia" es nula, pero vamos a seguir demostrando que la razón está del lado de los trabajadores.
Os seguiremos informando.